Considerando que a partir del 1° de enero de 2018 entra en vigencia el nuevo nomenclador de actividades económicas (NAES) para todos los contribuyentes del Convenio Multilateral, la Comisión Arbitral resolvió mediante la Resolución General 13/2017 un procedimiento para la conversión de los códigos de actividades.

En principio, durante el mes de diciembre de 2017 la Comisión Arbitral realizará de oficio la conversión automática de actividades de todos los contribuyentes, y determinará la equivalencia entre los códigos del anterior nomenclador (CUACM) y los del nuevo (ver Resolución General 12/2017). A través del Padrón Web, podrán visualizar e informarse de dichos cambios.

No obstante esta modificación en la nomenclatura y los códigos, los contribuyentes podrán realizar los trámites de Altas y/o Bajas de actividades de manera habitual.

La conversión de códigos automática se considerará válida si el contribuyente no hubiese presentado, antes del vencimiento del primer anticipo del período fiscal 2018, ninguna modificación en sus actividades.

Consulte aquí la Resolución General 13/2017.

Archivo de noticias